Resumen del Artículo cincuenta y dos

Artículo cincuenta y dos del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y dos Uno. Recibidas las actuaciones y transcurrido el tiempo de emplazamiento, la Sala dará vista de las mismas a quien promovió el amparo, a los personados en el proceso, al Abogado del Estado, si estuviera interesada la Administración Pública, y al Ministerio Fiscal. La vista…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y dos

Uno. Recibidas las actuaciones y transcurrido el tiempo de emplazamiento, la Sala dará vista de las mismas a quien promovió el amparo, a los personados en el proceso, al Abogado del Estado, si estuviera interesada la Administración Pública, y al Ministerio Fiscal. La vista será por plazo común que no podrá exceder de veinte días, y durante él podrán presentarse las alegaciones procedentes.

Dos. Presentadas las alegaciones o transcurrido el plazo otorgado para efectuarlas, la Sala podrá deferir la resolución del recurso, cuando para su resolución sea aplicable doctrina consolidada del Tribunal Constitucional, a una de sus Secciones o señalar día para la vista, en su caso, o deliberación y votación.

Tres. La Sala, o en su caso la Sección, pronunciará la sentencia que proceda en el plazo de 10 días a partir del día señalado para la vista o deliberación.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y dos

¿Qué dice el Artículo cincuenta y dos del LOTC?

y dos Uno. Recibidas las actuaciones y transcurrido el tiempo de emplazamiento, la Sala dará vista de las mismas a quien promovió el amparo, a los personados en el proceso, al Abogado del Estado, si…

¿El Artículo cincuenta y dos del LOTC está vigente?

El artículo cincuenta y dos del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y dos dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y dos?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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